¿Quién puede circular en cuarentena en Argentina?
En Argentina, hay una lista de personas que se encuentran exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y la prohibición de circular establecidos por el Decreto 297/2020.
Para poder circular deberán contar con una certificación que acredite su condición frente a la autoridad competente en el caso de ser requerido. Consultá el siguiente listado de todos los casos que están exceptuados del cumplimiento del decreto.
1- Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
2- Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
3- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
4- Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
5- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
6- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
7- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
8- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
9- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
10- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
11- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
12- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales
13- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
14- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
15- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP
16- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
17- Servicios de lavandería.
18- Servicios postales y de distribución de paquetería.
19- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
20- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
21- S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
Si te encuentras en esta lista o en las excepciones de las Decisiones administrativas 450/2020 y 468/2020, puedes tramitar tu permiso de circulación rápido y fácil en la página del Ministerio de salud del gobierno. Es gratuito y puede hacerse on line. Ingresa tus datos personales y laborales, selecciona el motivo de tu circulación y solicita el formulario. 24 hs después lo tendrás y podrás imprimirlo o descargarlo (también por la app Mi Argentina) para mostrarlo junto con tu DNI en caso de que te lo soliciten.